Código Deontológico Profesional
Mi práctica profesional como psicólogo se rige por los estándares éticos y deontológicos más rigurosos, con el objetivo primordial de garantizar el bienestar, la confidencialidad y el respeto a los derechos de las personas que solicitan mis servicios.
Estos principios están alineados con el código deontológico establecido por el Col·legi Oficial de Psicologia de Catalunya (COPC), entidad que regula la profesión en nuestra comunidad.
El código deontológico es una guía fundamental que orienta mi actuación en todos los ámbitos de la psicología, asegurando una práctica responsable, competente y honesta.
Para una consulta detallada del documento completo, puede acceder al código deontológico vigente directamente:
Consultar el Código Deontológico del COPC (PDF)
Principios Generales Clave
En el ejercicio de la profesión, como psicólogo, estoy obligado a respetar los principios comunes a toda deontología profesional (basado en el Artículo 5 del Codi Deontològic del COPC):
- El respeto a la persona, reconociendo su dignidad y valor inherente.
- La protección de los derechos humanos fundamentales.
- El sentido de la responsabilidad sobre mis actos profesionales.
- La honestidad y la sinceridad con los clientes en todo momento.
- La prudencia en la aplicación de instrumentos y técnicas.
- La competencia profesional, manteniendo una formación continua actualizada.
- La solidez de la fundamentación científica de mis actividades profesionales.
Además, la práctica psicológica se enmarca en los principios de beneficencia y no-maleficencia, lo que significa un compromiso permanente con la promoción del bienestar y la evitación de cualquier daño.
Confidencialidad
La información que recojo en el ejercicio de mi profesión está sometida a un estricto deber de confidencialidad profesional (basado en el Artículo 38 del Codi Deontològic del COPC).
- Solo se puede eximir de esta confidencialidad con el consentimiento expreso e informado del usuario o en los supuestos contemplados por la legislación vigente.
- Es mi deber informar de manera clara sobre los límites de la confidencialidad durante el proceso de consentimiento informado al inicio de la terapia.
- Estos límites incluyen, además de los establecidos por ley, situaciones de riesgo grave para el propio usuario, para terceras personas o para mí mismo como profesional.
- Toda la información compartida en las sesiones está protegida por el secreto profesional y no será revelada sin autorización expresa, salvo en las excepciones legales mencionadas.
Consentimiento Informado
Antes de iniciar cualquier intervención psicológica, proporciono información completa y comprensible sobre:
- La naturaleza y objetivos del tratamiento propuesto
- Los métodos y técnicas que se utilizarán
- La duración aproximada del proceso terapéutico
- Los límites de la confidencialidad
- Los costes y condiciones económicas
- El derecho a interrumpir el tratamiento en cualquier momento
Estos principios éticos no son solo obligaciones profesionales, sino la base de una relación terapéutica de confianza, respeto mutuo y compromiso con tu bienestar.
Última actualización: Octubre 2025